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Quiero saber...
¿Qué normativa rige el ejercicio de la navegación en cauces o embalses?
La normativa general sobre navegación en aguas continentales se recoge en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2001, de 20 de julio).
Las normas especificas para navegar en aguas de la Demarcación Hidrográfica del Júcar se encuentran en la
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar
por la que se fijan plazos, condiciones, prohibiciones, limitaciones y otros requisitos para el ejercicio de la navegación y flotación en embalses y ríos, y para el ejercicio de otros usos especiales del dominio público hidráulico sujetos a declaración responsable(septiembre de 2011), en la
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar
por la que se modifican determinadas condiciones para el ejercicio de la navegación en embalses y ríos del ámbito de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (enero 2015) y en
Resolución de 1 de abril de 2021 de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar
por la que se modifican los plazos y otros requisitos para el ejercicio de la navegación y flotación.
En la Resolución de enero de 2015 se ha actualizado el anexo 1 de prohibiciones y limitaciones a la navegación en las masas de agua de la demarcación hidrográfica del Júcar y se ha incluido un anexo 2 con las condiciones
específicas
para navegar en aguas afectadas por la presencia de mejillón cebra (los anexos actualizados pueden consultarse en el apartado "dónde puedo navegar"). Entre estas condiciones se incluye la obligación de someter en determinadas circunstancias a las embarcaciones al
protocolo de limpieza
que puede consultarse en
este enlace
.
En la última Resolución de
1 de abril de 2021 se modifica el plazo que ha de transcurrir tras la presentación de la declaración responsable para el inicio de la actividad
.
Para navegar en la cuenca del Júcar debe suscribir y presentar una declaración responsable
¿Qué permiso necesito para navegar en cauces o embalses SI SOY UN PARTICULAR?
Para poder navegar en cauce
s o embalses dentro del ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. tiene que presentar cumplimentado el modelo d
e declaración responsable para navegación, disponible en
Declaraciones responsables
, donde también puede descargar la hoja informativa.
No se precisa declaración responsable para el uso de medios de flotación que, por su tamaño y características, puedan ser considerados como complementarios del baño,
(sólo se podrán utilizar en masas de agua donde no esté prohibido el baño), a los que se equiparan, a estos efectos, las embarcaciones u otros artefactos de navegación de
eslora o longitud inferior a 2,5 metros en general
y para embarcaciones u otros artefactos de navegación de eslora o longitud
inferior a 1,5 metros en masas afectadas por la presencia de mejillón cebra
.
(
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar
enero 2015
).
Puede encontrar más información acerca de cómo realizar la declaración responsable para la navegación y los canales adecuados para su presentación en la página
Cómo hacer una solicitud o declaración responsable
.
¿Qué permiso necesito para navegar en cauces o embalses si soy UN CLUB o EMPRESA?
Para poder navegar en cauces o embalses dentro del ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. tiene que presentar cumplimentado:
Un único ejemplar del modelo de declaración responsable con los datos del CLUB/EMPRESA, que puede descargar en
Declaraciones responsables
, donde también puede descargar la hoja informativa.
En el
Excel de Datos de embarcaciones
, tiene que rellenar l
os datos de cada una de las embarcaciones para las que presenta declaración responsable. Pinche en este link para un mejor conocimiento del
Modo de rellenar la hoja Excel
.
No se precisa declaración responsable para el uso de medios de flotación que, por su tamaño y características, puedan ser considerados como complementarios del baño,
(sólo se podrán utilizar en masas de agua donde no esté prohibido el baño), a los que se equiparan, a estos efectos, las embarcaciones u otros artefactos de navegación de
eslora o longitud inferior a 2,5 metros en general
y para embarcaciones u otros artefactos de navegación de eslora o longitud
inferior a 1,5 metros en masas afectadas por la presencia de mejillón cebra
.
(
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar
enero 2015
).
Puede encontrar más información acerca de cómo realizar la declaración responsable para la navegación y los canales adecuados para su presentación en la página
Cómo hacer una solicitud o declaración responsable
.
¿Dónde puedo navegar?
A través de los siguientes enlaces puede acceder al documento de
limitaciones generales para navegar
y
al
listado sobre prohibiciones y limitaciones para la navegación en el ámbito de la Confederación Hidrográfica
del Júcar
, a
las
normas específicas para controlar la expansión del mejillón cebra
y al
protocolo de limpieza
.
Si se ha navegado previamente en un embalse o tramo de la cuenca afectado por mejillón cebra o en otra cuenca hidrográfica con la embarcación que declara,
cuando vaya a registrar la DR deberá
adjuntar d
os fotografías del proceso de desinfección, en las que se aprecie claramente la matrícula de la embarcación, junto con la fecha y hora. O bien, factura emitida por estación oficial de limpieza, en la que consten los mismos datos.
Asimismo, esta disponible información cartográfica sobre las prohibiciones y limitaciones para la navegación, así como los obstáculo y singularidades existentes. Para consultar dicha información, acceda desde el siguiente enlace al
Sistema de Información del Agua de la Confederación Hidrográfica del Júcar (SIA Júcar)
y pinche en el apartado: "Utilización del Dominio Público Hidráulico" y a continuación en "Restricciones de navegación". Se abrirá un listado con los embalses y cauces que tienen restricciones a la navegación. En ese cuadro tiene la opción de buscar el embalse o tramo de río que le interese, localizarlo en el mapa o cargar en el mapa la capa de restricciones de navegación.
En caso de que se pretenda navegar en embalses cuya explotación no esté gestionada por la Confederación Hidrográfica del Júcar, será necesario, al registrar la Declaración Responsable,
adjuntar copia del correo electrónico enviado al concesionario del embalse
correspondiente. En dicho correo se deberá informar del uso previsto del Dominio Público Hidráulico. A través del siguiente enlace puede consultar el
listado de concesionarios de embalses
.
Los correos más habituales de concesionarios son:
documentalhidraulicas@naturgy.com; generacionhidraulicamediterraneo@ibe
rdrola.es
¿Qué tasas tengo que pagar?
La navegación recreativa está sometida a un canon por utilización del dominio público hidráulico, el cual se detalla en la página
Canon de utilización del dominio público hidráulico por navegación recreativa
. Por otra parte, podrá ser repercutido proporcionalmente el coste de balizamiento que se efectúe en embalses y ríos.
¿Dónde consultar si necesito más información?
Para obtener definiciones de algunas de las palabras empleadas puede consultar el
diccionario de términos
.
En el apartado
Preguntas frecuentes
, concretamente en la materia
Declaraciones responsables
, aparecen las dudas más habituales sobre el tema y sus correspondientes respuestas. Ejemplos:
¿Necesito autorización para utilizar un "pato"?
¿Qué es el Certificado de Navegabilidad? ¿Es necesario presentarlo? ¿Quién lo expide?
¿Cómo contactar con la Confederación Hidrográfica del Júcar?
En el apartado
Atención a la ciudadanía
está disponible la información referente a direcciones, teléfonos y buzones de contacto.