Pregunta
Respuesta
El baño es libre, se puede realizar sin autorización, bajo la entera responsabilidad de la persona bañista.
El baño puede entrañar riesgos, según el lugar, época del año o condiciones meteorológicas, por lo que deberá extremar las precauciones y estar atento a recomendaciones, avisos o prohibiciones emitidos por las administraciones competentes (comunidades autónomas o ayuntamientos) o por los titulares de las infraestructuras como embalses, balsas de riego o azudes.
Está prohibido alterar el caudal del río, la calidad de las aguas o el entorno del cauce.
Deberá tener en cuenta que, por su propia naturaleza, los cauces, lagos y lagunas, embalses y los terrenos que lindan con ellos son zonas inundables; infórmese sobre los riesgos y precauciones a tomar. En el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI) puede consultar información cartográfica sobre los riesgos de inundación en https://aps.chj.es/siajucar/
Recomendaciones
Se recomiendan las zonas de baño declaradas por las Comunidades Autónomas, pues en ellas se realizan controles periódicos de la calidad de las aguas y se prestan servicios a las personas bañistas. Las zonas de baño oficiales pueden consultarse en el siguiente enlace (acceso por comunidad autónoma o provincia): Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño
Los ríos, lagos, lagunas… son un medio natural que, por su propia dinámica, conllevan una cierta peligrosidad que la persona bañista debe conocer; puede haber corrientes, arrastres, vegetación oculta. Y es absolutamente desaconsejable saltar al río desde altura, como rocas, presas o árboles.
Respete los ríos, lagos, lagunas y sus riberas como entornos naturales de los que depende la vida de la flora y la fauna que integran el ecosistema hídrico. Si se encuentra en un espacio natural protegido, infórmese antes sobre las limitaciones o recomendaciones específicas; en algunos espacios protegidos, el baño podría estar expresamente prohibido: consulte en los centros de visitantes y en sus páginas webs.
En general, evite el baño de animales de compañía (perros), para evitar molestias a otras personas o animales, daños al entorno natural y a la calidad de las aguas.
Es peligroso bañarse bajo de centrales hidroeléctricas, ya que se producen cambios bruscos de caudal; por ello, independientemente de carteles o avisos, se recomienda siempre máxima prudencia, evitando el baño en zonas cuyas condiciones pueden cambiar rápidamente y generar situaciones de peligro.
Prohibiciones
El baño está prohibido cerca de los órganos de desagüe de las presas, en canales, acequias y balsas de riego.
Las Comunidades Autónomas pueden prohibir el baño en las zonas oficiales de baño por razones de peligrosidad o de insalubridad de las aguas, o por necesidades de conservación ambiental; también los Ayuntamientos, por causa de seguridad ciudadana o de salubridad pública, pueden limitar el baño o los accesos.
Normativa de aplicación
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas
Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico
Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño
Normativa autonómica o local sobre espacios naturales protegidos