La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y el Gobierno de Aragón firman dos protocolos de colaboración para la protección del chopo cabecero y para tramitación de actuaciones de restauración en el dominio público hidráulico

  • ​El primero es relativo a las actuaciones de poda y desmoche de chopo cabecero en dominio público hidráulico, a efectuar por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, cuyo fin es agilizar la obtención de las autorizaciones del Organismo de cuenca

  • El segundo pretende establecer un marco general de coordinación para la emisión de los informes preceptivos del INAGA en el seno de la tramitación de expedientes de autorización, por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., relativos a actuaciones de conservación y restauración, en dominio público hidráulico, a ejecutar por ésta o por terceros


14 de junio de 2022-. El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, acompañado por el Comisario de Aguas, Marc García, ha asistido a un acto institucional en la Subdelegación del Gobierno en Teruel, y en presencia del Subdelegado, José Ramón Morro, donde ha firmado dos protocolos de coordinación y colaboración administrativa con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, representado por su Consejero, Joaquín Olona.


De izquierda a derecha, el Consejero del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, Joaquín Olona, y el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.


Los protocolos suscritos son:

Protocolo para actuaciones sobre el chopo cabecero en zonas de dominio público hidráulico

El chopo cabecero constituye un importante patrimonio cultural, con un elevado interés en conservar. Su presencia en terrenos de dominio público hidráulico es habitual, formando parte de la vegetación de ribera. En este sentido, el Gobierno de Aragón declaró a la cultura del chopo cabecero en el sur de Aragón como Bien de Interés Cultural Inmaterial (Decreto 175/2016), procediéndose asimismo a la declaración de la Arboleda Singular de Aragón denominada “Ribera de Chopo Cabecero” a lo largo de 13,8 kilómetros en el río Alfambra, afectando al curso alto del río y a terrenos de un tramo declarado como reserva natural fluvial. La gestión correcta de estos árboles singulares requiere la realización de trabajos de protección, mantenimiento y conservación mediante técnicas de silvicultura (poda o trasmoche), que corresponden al indicado Departamento del Gobierno de Aragón. Cuando los trabajos tienen lugar en el dominio público hidráulico es necesario obtener la autorización de la CHJ.

El protocolo establece las condiciones para agilizar los trámites de la autorización de la CHJ, mediante comunicaciones electrónicas, ante las solicitudes de actuación formuladas por el Departamento. Si los trabajos afectan a tramos fluviales declarados como reservas naturales fluviales, la CHJ tendrá preferencia para la ejecución de los mismos.

Protocolo para actuaciones de conservación y restauración del dominio público hidráulico

Las actuaciones de conservación y restauración de los cauces públicos, bien llevadas a cabo por la CHJ dentro de su esfera competencial, bien ejecutadas por terceros con la necesaria autorización de aquélla, siempre que puedan suponer afección ambiental, deben someterse durante su tramitación a informe previo por parte del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

El protocolo establece un marco general de coordinación y colaboración entre ambas Administraciones, asimismo mediante comunicaciones electrónicas, para la tramitación de este tipo de expedientes correspondientes a actuaciones que incluyan, entre otras, algunas de las siguientes tipologías: retirada de elementos obstructivos, como ramajes, y retirada de residuos sólidos urbanos de forma mecánica; desbroce selectivo de vegetación oclusiva en el cauce, o bien invasora; poda y corta de vegetación, incluso arbustiva o arbórea; extracción menor de áridos (hasta 500 m3); movimiento de sedimentos para regularizar la rasante; construcción y mantenimiento de pequeñas obras de defensa; reparaciones de erosiones en motas y caminos; restauración de márgenes mediante técnicas de bioingeniería; o plantaciones de especies de ribera.

El INAGA, ante una solicitud de informe por parte de la CHJ, realizará una valoración previa de la actuación pretendida para poder discriminar adecuadamente la tipología de informe a emitir, bien condicionado genérico (para lo cual el protocolo incorpora un anexo con las condiciones genéricas), bien informe detallado.


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