La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., aprueba los Programas de Actuación para la recuperación del buen estado cuantitativo de las masas de agua subterránea del Vinalopó-Alacantí en riesgo de no alcanzarlo

  • ​Los Programas de Actuación corresponden a seis masas de agua subterránea del sistema de explotación Vinalopó-Alacantí: Sierra del Castellar, Sierra de Salinas, Sierra de Crevillente, Peñarrubia, Villena-Benejama y Sierra del Reclot, que fueron declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo mediante acuerdo de la propia Junta de Gobierno en su sesión de 22 de septiembre de 2020

  • A propuesta de la Conselleria d’Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició Ecològica de la Generalitat Valenciana, la Junta había acordado en sesión de 25 de mayo, por unanimidad, conceder un plazo adicional, a fin de analizar mejor los programas, madurar las propuestas, lograr un consenso más amplio y compaginar el impulso de las obras pendientes del postrasvase

  • Los Programas han incorporado mecanismos para que se puedan autorizar, de forma coyuntural, extracciones por encima de las fijadas en los Programas, en casos de falta de caudales de sustitución por circunstancias extraordinarias como sequías o averías, así como de compensación de costes entre los usuarios, en función de la posible disponibilidad de recibir recursos alternativos sustitutorios


16 de junio de 2022.- La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), O.A., organismo autónomo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), ha celebrado una reunión extraordinaria de su Junta de Gobierno, en la que se encuentran representadas las tres Administraciones (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales), así como los usuarios, dentro del ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

 

En el centro, el presidente Miguel Polo. A su derecha la Consellera Mireia Mollà, y a su izquierda el comisario Marc García


El único punto del orden del día ha sido la aprobación de los Programas de Actuación de las seis masas de agua subterránea del sistema de explotación Vinalopó-Alacantí que se encuentran en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo, según declaración al efecto hecha por la propia Junta de Gobierno en su sesión de 22 de septiembre de 2020, y en cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicha declaración.

Dichas masas de agua son:

080.173 Sierra del Castellar
080.181 Sierra de las Salinas
080.189 Sierra de Crevillente
080.174 Sierra de Peñarrubia
080.160 Villena-Benejama
080.187 Sierra del Reclot

El fundamento de la declaración que se adoptó radica en la concurrencia en dichas masas de agua de tres situaciones básicas: las extracciones y los derechos reconocidos son mayores que el recurso disponible, los niveles piezométricos presentan descensos acusados y generalizados, y los ecosistemas acuáticos asociados resultan afectados. La superficie total afectada por la declaración es de 330,2 km2.

Los Programas de Actuación, entre el 23 de noviembre de 2021 y el 1 de febrero de 2022, fueron sometidos a una primera consulta pública y trasladados a la Junta Central de Usuarios del Vinalopó-Alacantí y Consorcio de Aguas de la Marina Baja, que actúa como representante de los usuarios para las seis masas de forma cautelar, y que presentó alegaciones. Una vez analizadas éstas, con fecha 6 de abril de 2022 se dio traslado a dicha Junta Central del informe de respuesta a las mismas, así como de los Programas de Actuación, una vez modificados conforme a las alegaciones atendidas, abriéndose nuevo periodo de consultas hasta el día 26 de abril de 2022. Recibidas nuevas consideraciones por parte de la Junta Central, se emitió un segundo informe con el resultado de la valoración de las mismas.

Los objetivos generales de los Programas de Actuación son los siguientes:
•    La consecución de los objetivos medioambientales del Plan Hidrológico de la Demarcación.
•    La explotación racional de los recursos disponibles.
•    El mantenimiento y la recuperación de los niveles piezométricos.
•    El mantenimiento socioeconómico de las comarcas del Vinalopó.

Los Programas, para cada masa de agua, establecen un volumen máximo de extracción anual para cada titular de derechos de agua inscritos, que se reducirá a lo largo del primer año hasta alcanzar el valor de extracciones establecido en el Plan Hidrológico de la Demarcación para la masa, y, posteriormente, de forma lineal hasta alcanzar los objetivos generales indicados. Establecen también el régimen de extracciones para dichos titulares en función del tipo de uso y las fuentes de suministro alternativas (transferencia Júcar-Vinalopó, IDAM de Mutxamel), las condiciones para el acceso a concesiones colectivas cuyo objeto sea la sustitución de captaciones individuales, o a modificaciones de derechos preexistentes o rehabilitación de captaciones, así como las condiciones para la clausura de pozos para proteger los acuíferos de la entrada de sustancias contaminantes. Será exigible, en todo caso, la instalación y mantenimiento de sistemas de control de los caudales consumidos, aplicándose un régimen de autocontrol de los mismos.

Tras el plazo de tres semanas de aplazamiento acordado en la Junta de Gobierno de 25 de mayo de 2022, como resultado de un proceso de reuniones, análisis y revisión de los Programas, se ha incorporado un mecanismo que posibilita que la CHJ pueda otorgar, de forma coyuntural, extracciones de aguas subterráneas por encima de las limitaciones establecidas en los Programas, que podría activarse cuando se dieran circunstancias excepcionales como sequías, o bien se produzcan averías en determinadas instalaciones inherentes a los sistemas de sustitución de caudales; y ello, siempre, en función de la evolución de los niveles piezométricos de las masas de agua.

 

Vista general de la sala de reuniones


Asimismo, se ha dotado a los Programas de un sistema de compensación de costes entre los usuarios, teniendo en cuenta que existen tres tipos de ellos con diferentes circunstancias: En primer lugar, hay abastecimientos que disponen de recursos alternativos, a los que se les aplican disminuciones de extracciones; por otra parte, hay abastecimientos sin posibilidad de sustituir sus bombeos, que conservan sus derechos reconocidos; finalmente, existen usuarios agrícolas ubicados en masas de agua con comportamientos piezométricos muy distintos. En atención a todo ello y en virtud del artículo 43 del Plan Hidrológico de la Demarcación, la CHJ tendrá en cuenta estas circunstancias a la hora hacer efectiva la repercusión de los costes de sustitución de caudales.

Los Programas de Actuación estarán vigentes hasta el 1 de octubre de 2027 o hasta que la Junta de Gobierno pueda acordar una revisión, a propuesta de las Juntas de Explotación de aquéllas, siempre que la evolución del estado de una masa de agua sea favorable a su recuperación.

La aprobación de los Programas de Actuación por parte de la Junta de Gobierno se ha producido con el resultado de 23 votos a favor, 3 votos en contra y 4 abstenciones.

Puede encontrarse información adicional sobre la cuestión en el siguiente enlace web.


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